viernes, 8 de noviembre de 2019

Jurisprudencia - Las Universidades pueden tomar en consideración una variable de género para determinar las plazas de promoción a cátedra


Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia 1383/2019 de 16 Oct. 2019, Rec. 2013/2018: Interés casacional. Universidades. Procedimiento de promoción interna a cátedra. Convocatoria. Criterio que toma en consideración el denominado de "estructura de plantilla" según las áreas de conocimiento y departamentos, para determinar los departamentos o áreas donde deben crearse nuevas plazas, que atiende a la mayor o menor presencia de catedráticas en los mismos, mediante la comparación del número de catedráticas y de catedráticos, asignando una puntuación en función de dicha proporción. Se encuentra dentro del ámbito propio de la autonomía universitaria y no supone una discriminación proscrita por el ordenamiento jurídico. Constituye una medida que responde, al amparo del art. 27.10 CE, al mandato del art. 14, en relación con el art. 9.2, de la Carta Magna y del art. 51 a) LO 3/2007.
Ponente: Teso Gamella, María del Pilar.
Nº de Sentencia: 1383/2019
Nº de Recurso: 2013/2018
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 9514, Sección La Sentencia del día, 8 de Noviembre de 2019
ECLI: ES:TS:2019:3203
[Texto de la resolución]

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