sábado, 27 de abril de 2024

La Comisión Europea propone al Consejo un Acuerdo de Asociación con Andorra y San Marino


 La Comisión ha adoptado propuestas de Decisión del Consejo relativas a la firma y aplicación provisional y a la celebración del Acuerdo de Asociación entre la UE y Andorra y San Marino, respectivamente. 

El Acuerdo de Asociación permitirá a Andorra y San Marino participar en el mercado interior de la UE e intensificar la cooperación en otros ámbitos. Su acceso al mercado interior será comparable al disfrutado por Noruega, Islandia y Liechtenstein en virtud del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En última instancia, se trata de una respuesta al deseo de los dos países de mantener unas relaciones más estrechas con la UE.

En consonancia con las directrices de negociación de 2014, el Acuerdo de Asociación tiene en cuenta la situación especial de Andorra y San Marino, así como sus características específicas derivadas de sus relaciones de proximidad con sus Estados miembros vecinos de la UE y su tamaño, incluido el de sus poblaciones. Esto se refleja en una serie de ajustes, así como en varios períodos transitorios para la ejecución y aplicación de parte del acervo de la UE.

El Acuerdo de Asociación contempla la participación de los dos países en un mercado interior ampliado homogéneo, en igualdad de condiciones de competencia y observando las mismas normas. El acceso al mercado interior de servicios financieros será progresivo y dependerá de una auditoría satisfactoria de la solidez de los marcos reguladores y de supervisión de los Estados asociados. Por su parte, el Acuerdo de Asociación establece un marco para fomentar y promover el diálogo y la cooperación en ámbitos de interés común, e introduce un marco institucional coherente, eficaz y eficiente, como un mecanismo de solución de diferencias con el TJUE como árbitro en última instancia en los litigios sobre la interpretación y aplicación del Acuerdo.

Una vez que el Consejo dé luz verde, la UE, Andorra y San Marino podrán firmar el Acuerdo de Asociación y después se enviará al Parlamento Europeo para su aprobación, tras la cual el Consejo podrá adoptar una decisión sobre su celebración. Una vez concluidos los procesos de ratificación por Andorra y San Marino, el Acuerdo de Asociación podrá entrar en vigor.

 Véase el comunicado de prensa de la Comisión Europea [aquí]


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