viernes, 5 de junio de 2026

BOE de 5.6.2026


- Real Decreto 451/2026, de 3 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

Nota: Mediante esta disposición se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA, O.A.). Las referencias que se realicen a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) en la normativa vigente anterior a la aprobación del Real Decreto 1112/2015 se entenderán realizadas al Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA, O.A.). Por su parte, las referencias que en la normativa vigente, aprobada con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 1112/2015 se hagan al Pleno de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), se entenderán realizadas a la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI) de ANECA, O.A.

Asimismo, se crea la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad de Transferencia (CNEAT), quedando demorado en el tiempo su funcionamiento hasta la aprobación de la normativa que establezca los procedimientos para la evaluación de la actividad de transferencia de conocimiento a efectos del reconocimiento de los correspondientes complementos retributivos.

Se deroga el Real Decreto 1112/2015 por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

- Resolución de 1 de junio de 2026, conjunta de la Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia y de la Secretaría General de Universidades, por la que se designa la Comisión evaluadora única de la prueba de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Abogacía para el año 2026.

Nota: Véase la Orden PJC/298/2026 por la que se convoca la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la abogacía para el año 2026, así como la entrada de este blog del día 31.3.2026.

- Resolución de 3 de junio de 2026, de la Secretaría de Estado de Migraciones, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio de 2026, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de las personas menores de edad y la estancia de los monitores y las monitoras, de origen saharaui, en España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2026».

Nota: El objeto de estas instrucciones es establecer la forma, requisitos y plazos para autorizar la residencia temporal de las personas menores de edad y la estancia de los monitores de origen saharaui que se desplacen a España en el marco del Programa «Vacaciones en Paz 2026», a desarrollarse durante la época estival (instrucción primera).

[BOE n. 137, de 25.6.2026]

 

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