miércoles, 17 de junio de 2026

Jurisprudencia - La justicia reprocha a la AEAT que no solicitara información fiscal al país pagador de los rendimientos satisfechos a un residente

 

- Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 4ª, Sentencia 73/2026 de 12 Feb. 2026, Rec. 525/2023: Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Derecho a la deducción por doble imposición internacional. Validez de los documentos aportados en un momento posterior al de la tramitación del procedimiento administrativo, al no apreciarse un comportamiento malicioso o abusivo por parte del contribuyente. Este presentó las nóminas y la liquidación mensual de las retenciones practicadas en Brasil y en sede judicial justificante del pago de tributos original y su traducción jurada, lo cual constituye prueba suficiente del pago del impuesto en el extranjero. La falta de actividad probatoria de la Administración pese a su disponibilidad de medios no se considera conforme a los principios de facilidad probatoria y buena fe.

Ponente: Merino Jiménez, María Asunción.
Nº de Sentencia: 73/2026
Nº de Recurso: 525/2023
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario LA LEY, Nº 10965, Sección Sentencias y Resoluciones, 17 de Junio de 2026
ECLI: ES:TSJM:2026:1408

 

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