La orden europea de protección para las victimas de violencia de género, ¿una medida legislativa necesaria?
Raquel BORGES BLÁZQUEZ, Grado en Derecho por la Universidad de Valencia. Master Universitario en Abogacía. Master Universitario en Derecho y Violencia de Género
Diario La Ley, Nº 8756, Sección Tribuna, 6 de Mayo de 2016, Ref. D-192
Los avances legislativos en las últimas décadas suponen el inicio del fin de la Violencia de Género. La protección dispensada a las víctimas hasta hoy se encontraba restringida al país en el que se había adoptado la Orden de Protección. La Directiva 99/2011/UE surge en un intento de traspasar fronteras nacionales y proteger a las víctimas en el ELSJ, siendo nuestro objetivo una armonización del derecho sustantivo y procesal entre los diferentes estados para una aplicación real de la misma. Debemos preguntarnos, ¿era necesaria la directiva? ¿qué esta fallando en su aplicación práctica?
Nota: Véase la Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, sobre la orden europea de protección, así como la entrada de este blog del día 21.12.2011.
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