Tribunal Constitucional, Pleno, Sentencia 87/2017 de 4 Jul. 2017, Rec. 6352/2010: Extranjeros. Política lingüística. CA Cataluña. Impugnación de los apartados 2, 4 y 5 del art. 9 de la Ley 10/2010, de 7 May., de acogida de las personas inmigradas y de las regresadas a Cataluña. Inconstitucionalidad de la obligación impuesta al extranjero de alcanzar un determinado nivel lingüístico en catalán para acceder a las acciones formativas en castellano, al apartarse del objetivo de garantizar el acceso al aprendizaje del conjunto de lenguas oficiales y bloquear el acceso a la enseñanza en castellano si no se adquieren las competencias básicas en catalán. El establecimiento del catalán como lengua vehicular de la formación y la información en el servicio de primera acogida no debe cerrar a los extranjeros la posibilidad de utilizar también el castellano como lengua vehicular. Constitucionalidad del ofrecimiento de la formación y de los medios necesarios para la adquisición de las competencias básicas en lengua catalana, al no existir voluntad de excluir las acciones formativas en lengua castellana y de la decisión de iniciar la acción formativa de las lenguas oficiales con la enseñanza del catalán, opción que se enmarca en la competencia sectorial autonómica.
Ponente: Narváez Rodríguez, Antonio.
Nº de Sentencia: 87/2017
Nº de Recurso: 6352/2010
Diario La Ley, Nº 9031, Sección Jurisprudencia, 28 de Julio de 2017
ECLI: ES:TC:2017:87
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