A la deriva sin tripulacion: ¿Salvamento o remolque de fortuna?
José Manuel González Pellicer, Abogado KENNEDYS MARINE
Diario La Ley, Nº 9393, Sección Doctrina, 9 de Abril de 2019
En términos algebraicos, el escenario fáctico bajo análisis en el presente artículo se compone del polinomio «buque ingobernable» + «al garete» + «mayday call» + «abandonado por su dotación». La cuestión jurídica radica en si el resultado de tales sumandos es necesariamente un genuino «salvamento marítimo» o simplemente un «remolque de fortuna». Finalmente, ¿cambiaría la calificación jurídica si al citado polinomio le añadimos un sumando más, a saber: el «incendio a bordo»?
Cuando un buque se queda al garete (a la deriva) sin gobierno (sin máquina) y su dotación (tripulación), previo lanzamiento de una llamada de socorro («mayday call»), lo abandona, existe una presunción judicial intuitiva de que dicho buque se encuentra en peligro. Pero dicha presunción judicial es iuris tantum, admitiendo prueba de lo contrario. Para acreditar lo contrario (lo contra-intuitivo) es preciso valorar las circunstancias concurrentes del caso (meteorológicas, marítimas, estructurales etc), calibrando así hasta qué punto concurre una situación de peligro tal que permita calificar la asistencia como «salvamento» (ex art. 358 LNM) en lugar de «remolque de fortuna» (ex art. 305 LNM). Un juez no puede juzgar según lo que cree intuitivamente que ha sucedido, sino sobre lo que probadamente ha sucedido. El juicio contra-intuitivo no excluye la intuición judicial, pero sí obliga a inhibir el impulso primario a dejarse llevar por la misma sin control crítico alguno, incurriendo en lugares comunes («tópos koinós»). La indagación de la verdad, meta última de la valoración probatoria judicial, no consiste solamente en buscar «aquello que normalmente sucede» (el subjetivo «id quod plerumque accidit»), sino en buscar elementos para corroborar conclusiones probatorias que, eventualmente, pueden ofrecer una inesperada visión contra-intuitiva, que desafía o cuestiona los prejuicios valorativos automáticos del juzgador. En el ámbito del salvamento marítimo afloran ciertos clichés presuntivos que pueden ofuscar la correcta valoración de la prueba y que dificultan la, ya de por sí difusa y discrecional, distinción entre las instituciones del «salvamento» y el «remolque de fortuna».
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