jueves, 4 de abril de 2019

Jurisprudencia - El matrimonio de complacencia para legalizar la residencia sin alterar la documentación personal, no constituye delito de falsedad


Audiencia Provincial de Soria, Sentencia 62/2018 de 25 Jun. 2018, Rec. 30/2018: Falsedad en documento oficial. Entramado para constituir parejas de hecho simuladas entre ciudadanos extranjeros en situación irregular y mujeres de nacionalidad española para obtener su regularización. Situación análoga al "matrimonio de complacencia". Absolución por atipicidad. Si bien articularon una trama con la única finalidad de que un tercero obtuviera la residencia en España, no puede decirse que falsearan documentos, pues el acta matrimonial es genuina, su data es correcta y recoge un acto objetivamente celebrado. Tampoco existe alteración en los documentos pues no consta la intervención de personas que no la han tenido ni atribución a las que han intervenido de manifestaciones distintas de las que figuran. Contrato de trabajo simulado para que el trabajador obtenga el permiso de residencia. Absolución. Consta la realidad de los contratos de trabajo y no existe labor inspectora que determine un alta simulada en la Seguridad Social o la presencia de una relación laboral ficticia.
Ponente: Rodríguez Greciano, José Luis.
Nº de Sentencia: 62/2018
Nº de Recurso: 30/2018
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 9390, Sección La Sentencia del día, 4 de Abril de 2019
ECLI: ES:APSO:2018:225
[Texto resolución]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.