miércoles, 8 de julio de 2020

DOUE de 8.7.2020


- Comunicación de la Comisión relativa a la prórroga y las modificaciones de las Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional para 2014-2020, las Directrices sobre las ayudas estatales para promover las inversiones de financiación de riesgo, las Directrices sobre ayudas estatales para la protección del medio ambiente y energía 2014-2020, las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis, la Comunicación sobre los criterios para el análisis de la compatibilidad con el mercado interior de las ayudas estatales para promover la ejecución de proyectos importantes de interés común europeo, la Comunicación de la Comisión relativa al Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación y la Comunicación de la Comisión a los Estados miembros sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea al seguro de crédito a la exportación a corto plazo.
Nota: Las siguientes normas sobre ayudas estatales adoptadas en el marco de la iniciativa de modernización de las ayudas estatales de 2012 deben expirar a finales de 2020:
a) Directrices sobre las ayudas estatales de finalidad regional para 2014-2020.
b) Directrices sobre las ayudas estatales para promover las inversiones de financiación de riesgo.
c) Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020.
d) Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis.
e) Comunicación — Criterios para el análisis de la compatibilidad con el mercado interior de las ayudas para fomentar la realización de proyectos importantes de interés común europeo (PIICE).
f) Comunicación sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea al seguro de crédito a la exportación a corto plazo (STEC).
Diversas razones aconsejan que se prorroguen o se modifiquen en el siguiente sentido:
- Directrices sobre ayudas estatales de finalidad regional para 2014-202: se modifica el punto 18 (las Directrices se aplicarán a las empresas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasaron a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.) y se insertan los puntos 178 bis y 178 ter.
- Se modifica el punto 174 de las Directrices sobre las ayudas estatales para promover las inversiones financieras de riesgo, aplicándose los principios definidos en las Directrices a la evaluación de la compatibilidad de todas las medidas de financiación de riesgo que se concedan entre el 1 de julio de 2014 y el 31 de diciembre de 2021.
- Directrices sobre ayudas estatales en materia de protección del medio ambiente y energía 2014-2020: se modifican los puntos 16 (las Directrices se aplicarán a las empresas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasaron a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021), 108 (las Directrices serán aplicables al período que finaliza el 31 de diciembre de 2021) y 246, así como los puntos 2 y 5 del anexo 4.
- Se modifica el punto 135 de las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis, aplicándose con efectos hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Comunicación Criterios para el análisis de la compatibilidad con el mercado interior de las ayudas para fomentar la realización de proyectos importantes de interés común europeo: se modifica el punto 10, letra a), y el punto 50 (la Comunicación será aplicable hasta el 31 de diciembre de 2021).
- Comunicación de la Comisión relativa a la prórroga de la Comunicación de la Comisión a los Estados miembros sobre la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea al seguro de crédito a la exportación a corto plazo: se modifican los puntos 6 y 15 (la Comunicación se seguirá aplicando hasta el 31 de diciembre de 2021).
- Se modifica el punto 10 del Marco sobre ayudas estatales de investigación y desarrollo e innovación, para aplicarse a las empresas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasaron a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.
[DOUE C224, de 8.7.2020]

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