viernes, 22 de marzo de 2024

BOE de 22.3.2024


- Orden HAC/266/2024, de 18 de marzo, por la que se aprueba el modelo 239, "Declaración de información de determinados mecanismos de planificación fiscal en el ámbito del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación, y se modifica la Orden HAC/342/2021, de 12 de abril, por la que se aprueba el modelo 234 de "Declaración de información de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal", el modelo 235 de "Declaración de información de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables" y el modelo 236 de "Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal".

Nota: La Ley 13/2023, por la que se modifica la Ley General Tributaria en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 sobre cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, procede a modificar en los apartados once y doce de su artículo único, las disposiciones adicionales vigésima tercera y vigésima cuarta de la LGT. El objetivo de esta modificación es regular la obligación de información sobre mecanismos transfronterizos de planificación fiscal a raíz de la suscripción por parte de España del Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas y sus Normas tipo de comunicación obligatoria de información para abordar mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas en el seno de la OCDE, con el objeto de posibilitar que la Administración tributaria española pueda disponer de la información necesaria para proceder al intercambio de los mecanismos que eluden el Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas regulado por dicho acuerdo. También se modifica el régimen de la obligación de información de determinados mecanismos de planificación fiscal para adaptarse a la jurisprudencia del TJUE (asunto C-694/20) que elimina la obligación impuesta a los intermediarios amparados por el secreto profesional de notificar el ejercicio de dicho secreto al resto de intermediarios que no son sus clientes. El desarrollo reglamentario de estas modificaciones se encuentra en los artículos 45, 46 y 49 ter del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT). De forma adicional debe tenerse en cuenta que el citado Acuerdo Multilateral entre Autoridades Competentes sobre intercambio automático de información relativa a los mecanismos de elusión del Estándar común de comunicación de información y las estructuras extraterritoriales opacas.
La presente Orden ministerial se aprueba como consecuencia de estas modificaciones legales y reglamentarias.

- Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Astorga, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

- Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de La Bañeza, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

- Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerda la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática Dicireg en las Oficinas del Registro Civil del Partido Judicial de Llerena, para el funcionamiento de las mismas conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil.

Nota: Mediante las presentes resoluciones se aprueban la entrada en servicio efectivo de la aplicación informática denominada DICIREG, del Ministerio de Justicia, que permite el funcionamiento del Registro Civil conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011 en las oficinas del Registro Civil de los siguientes partidos judiciales y en las fechas indicadas:
- Astorga, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Astorga y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Benavides, Brazuelo, Bustillo del Páramo, Carrizo, Castrillo de Cabrera, Encinedo, Hospital de Órbigo, Llamas de la Ribera, Lucillo, Luyego, Magaz de Cepeda, Quintana del Castillo, San Justo de la Vega, Santa Colomba de Somoza, Santa Marina del Rey, Santiago Millas, Truchas, Turcia, Val de San Lorenzo, Valderrey, Villagatón, Villamejil, Villaobispo de Otero, Villarejo de Órbigo y Villares de Órbigo, a las 00:00 horas del 2 de abril de 2024.
- La Bañeza, que comprende la Oficina General del Registro Civil de La Bañeza y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Alija del Infantado, Bercianos del Páramo, Castrillo de la Valduerna, Castrocalbón, Castrocontrigo, Cebrones del Río, Destriana, La Antigua, Laguna Dalga, Laguna de Negrillos, Palacios de la Valduerna, Pobladura de Pelayo García, Pozuelo del Páramo, Quintana del Marco, Quintana y Congosto, Regueras de Arriba, Riego de la Vega, Roperuelos del Páramo, San Adrián del Valle, San Cristóbal de la Polantera, San Esteban de Nogales, San Pedro Bercianos, Santa Elena de Jamuz, Santa María de la Isla, Santa María del Páramo, Soto de la Vega, Urdiales del Páramo, Valdefuentes del Páramo, Valdevimbre, Villamontán de la Valduerna, Villazala y Zotes del Páramo, a las 00:00 horas del 22 de abril de 2024.
- Llerena, que comprende la Oficina General del Registro Civil de Llerena y a las oficinas colaboradoras del Registro Civil de Ahillones, Azuaga, Berlanga, Campillo de Llerena, Casas de Reina, Fuente del Arco, Granja de Torrehermosa, Higuera de Llerena, Llera, Maguilla, Malcocinado, Puebla del Maestre, Reina, Retamal de Llerena, Trasierra, Usagre, Valencia de las Torres, Valverde de Llerena y Villagarcía de la Torre, a las 00:00 horas del 15 de abril de 2024.

Mientras no entre en vigor el nuevo Reglamento de Registro Civil será de aplicación lo dispuesto en la Instrucción de 16 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se acuerdan las pautas y criterios para apoyar la entrada en servicio efectiva de la aplicación informática DICIREG, conforme a las previsiones contenidas en la Ley 20/2011 (véase la entrada de este blog del día 23.9.2021), modificada por la Instrucción de 3 de junio de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y las demás Instrucciones, Circulares y Resoluciones que han sido dictadas hasta el momento, en relación con la aplicación de la Ley 20/2011 (véase la entrada de este blog del día 9.6.2022).

[BOE n. 72, de 22.3.2024]


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