- Consulta Vinculante V2112-24, de 27 de septiembre de 2024 de la Subdirección General de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos: Impuesto sobre Sucesiones. Gestión del impuesto. Causante residente en Alemania. El organismo competente para la exacción es la Administración Central del Estado. Para evitar la doble imposición internacional, la consultante podrá deducir en España la menor de las dos cantidades siguientes: el importe efectivo de lo satisfecho en Alemania por el Impuesto de Sucesiones de ese país o el resultado de aplicar el tipo medio efectivo del ISD español al valor de los bienes por los que haya tributado en Alemania. Una vez se satisfaga íntegramente la deuda tributaria extranjera por el mencionado impuesto, podrá instarse la rectificación de la autoliquidación inicialmente presentada y la consiguiente devolución de lo ingresado de más.
Diario LA LEY, Nº 10616, Sección Doctrina administrativa, 26 de Noviembre de 2024
[Texto de la consulta]
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