miércoles, 27 de noviembre de 2024

Jurisprudencia - La insolvencia del grupo Thomas Cook declarada en R. Unido permite reclamar la modificación de la base imponible del IGIC de una empresa radicada en Canarias

 

- Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 2ª, Sentencia 1663/2024 de 21 Oct. 2024, Rec. 55/2023: Interés casacional. Impuesto General Indirecto Canario. Grupo Thomas Cook Modificación de la base imponible. Por insolvencia del destinatario de las operaciones radicado fuera del territorio de Canarias. Interpretación conjunta, sistemática, lógica y teleológica de los apdos. 6 y 8 del art. 22 de la Ley 20/1991 (aplicable ratione temporis) acorde con el Derecho de la Unión Europea y la doctrina del TJUE. Reconocimiento al sujeto pasivo, sin restricciones, del derecho a la modificación de la base imponible del IGIC, en relación con prestaciones de servicios sujetas y no exentas, en aquellos casos en que las cuotas repercutidas no hayan sido hechas efectivas por los destinatarios de las operaciones, por la imposibilidad derivada de haber sido declarados insolventes por un órgano jurisdiccional de otro Estado miembro, regido por el Reglamento 2015/848. No es razonable negar ese derecho basándose en que el establecimiento del destinatario está fuera de Canarias. 

Ponente: Navarro Sanchís, Francisco José.
Nº de Sentencia: 1663/2024
Nº de Recurso: 55/2023
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario LA LEY, Nº 10617, Sección Sentencias y Resoluciones, 27 de Noviembre de 2024
ECLI: ES:TS:2024:5118


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