lunes, 19 de mayo de 2025

Tribunal de Justicia de la Unión Europea


SENTENCIAS

- Asunto C-763/22, Procureur de la République (Concurrencia de una orden de detención europea y una solicitud de extradición): Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 20 de marzo de 2025 (petición de decisión prejudicial planteada por el tribunal judiciaire de Marseille – Francia) – procedimiento penal contra OP (Procedimiento prejudicial – Espacio de libertad, seguridad y justicia – Cooperación judicial en materia penal – Orden de detención europea – Decisión Marco 2002/584/JAI – Conflicto entre una orden de detención europea y una solicitud de extradición presentada por un tercer Estado – Artículo 16, apartado 3 – Concepto de autoridad competente – Normativa nacional que atribuye a un órgano del poder ejecutivo la competencia para decidir sobre si debe darse preferencia a la orden de detención europea o a la solicitud de extradición, en caso de conflicto – Derecho a un recurso) [DO C, C/2025/2628, 19.5.2025]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 20.3.2025.

- Asunto C-61/24, Lindenbaumer: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera) de 20 de marzo de 2025 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof – Alemania) – DL / PQ [Procedimiento prejudicial – Espacio de libertad, seguridad y justicia – Cooperación judicial en materia civil – Cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial – Reglamento (UE) n.o 1259/2010 – Artículo 8, letras a) y b) – Concepto de residencia habitual de los cónyuges – Estatuto de agente diplomático de uno de los cónyuges – Convenio de Viena sobre Relaciones Diplomáticas] [DO C, C/2025/2633, 19.5.2025]

Nota: Véase la entrada de este blog del día 20.3.2025.

NUEVOS ASUNTOS

- Asunto C-147/25, Inter Rao Lietuva: Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas (Lituania) el 17 de febrero de 2025 – Inter Rao Lietuva, AB / Finansinių nusikaltimų tyrimų tarnyba prie Vidaus reikalų ministerijos [DO C, C/2025/2646, 19.5.2025]

Cuestiones prejudiciales:
"1) ¿Admiten el artículo 2 de la Decisión 2014/145/PESC y el artículo 2 del Reglamento (UE) n.o 269/2014, en relación con el principio de buena administración consagrado en el artículo 41 de la Carta, una medida nacional con arreglo a la cual una persona que no está incluida en la lista del anexo I de la Decisión 2014/145/PESC ni en la del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 269/2014 se incluye en la lista de personas cuyos bienes están inmovilizados, debido a los vínculos que mantiene con personas sujetas a sanciones, pudiendo solo presentarse objeciones contra tal medida nacional ante la autoridad competente después de la inclusión?
2) Con arreglo al artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, en relación con el artículo 47 de la Carta, ¿satisface la exigencia de tutela judicial efectiva un control efectuado por un órgano jurisdiccional nacional sobre la legalidad de una decisión de inmovilizar los bienes de una persona en el contexto de la aplicación de medidas restrictivas de la Unión, que comprende el examen del cumplimiento de las normas de procedimiento y de la obligación de motivación, así como el examen de la veracidad de los hechos, de la existencia de errores manifiestos en su apreciación y de la posible comisión de abuso de poder?
3) ¿Exigen las disposiciones del artículo 2 de la Decisión 2014/145/PESC y del artículo 2 del Reglamento (UE) n.o 269/2014, en relación con el artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo, y con el artículo 47 de la Carta, que, al demostrar los vínculos de una persona con representantes de las autoridades políticas de la Federación de Rusia ante un órgano jurisdiccional nacional, se examinen las circunstancias relativas a la realidad y a la efectividad del control llevado a cabo por las autoridades políticas de la Federación de Rusia sobre las personas jurídicas que operan en dicho país, circunstancias que pueden no ser susceptibles de demostración mediante indicios objetivos y suficientemente fiables invocados en la causa y que pueden evidenciar que representantes relevantes de las autoridades políticas de la Federación de Rusia ejercen un control sobre la persona en virtud del poder ejecutivo que ostentan?"

- Asunto C-195/25, Framholm: Petición de decisión prejudicial planteada por el Förvaltningsrätten i Göteborg, migrationsdomstolen (Suecia) el 11 de marzo de 2025 – AA, BA, CA, DA, EA, FA / Migrationsverket [DO C, C/2025/2651, 19.5.2025]

Cuestiones prejudiciales:
"1) ¿Son aplicables la Directiva sobre reconocimiento y la Directiva sobre procedimientos de asilo a las solicitudes de concesión de un estatuto de protección presentadas tras la concesión de una protección temporal con arreglo a la Directiva sobre protección temporal?
2)  a. ¿Deben interpretarse los artículos 17, apartado 1, y 19, apartado 2, de la Directiva sobre protección temporal en el sentido de que la posibilidad de presentar una «solicitud de asilo» se refiere tanto a la posibilidad de presentar una solicitud de concesión del estatuto de refugiado como a la de presentar una solicitud de concesión del estatuto de protección subsidiaria? ¿Debe examinarse tal solicitud de conformidad con la Directiva sobre el reconocimiento y la Directiva sobre procedimientos de asilo?
    b. ¿Debe interpretarse el artículo 3, apartado 1, de la Directiva sobre protección temporal en el sentido de que la protección temporal concedida en virtud de esa Directiva impide el reconocimiento del estatuto de protección subsidiaria, con arreglo a la Directiva sobre reconocimiento, a las personas con derecho a protección temporal o que disfrutan de ella en virtud de la citada Directiva?
3) Si los artículos 17, apartado 1, y 19, apartado 2, de la Directiva sobre protección temporal también incluyen el derecho a solicitar la concesión del estatuto de protección subsidiaria con arreglo a la Directiva sobre reconocimiento, ¿son dichos artículos, en relación con el artículo 10, apartado 2, de la Directiva sobre procedimientos de asilo, lo suficientemente claros y precisos para tener efecto directo?
4) ¿Una norma nacional, como la norma sueca establecida en el artículo 5 del capítulo 21 de la Ley de Extranjería, que restringe el derecho a solicitar la concesión de un estatuto de protección de modo que solo permite la solicitud de concesión del estatuto de refugiado, es compatible con el Derecho de la Unión?"


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