jueves, 20 de marzo de 2025

Tribunal de Justicia de la Unión Europea (20.3.2025)


- SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 20 de marzo de 2025, en el asunto C‑61/24 [Lindenbaumer]: Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia civil — Cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial — Reglamento (UE) n.º 1259/2010 — Artículo 8, letras a) y b) — Concepto de “residencia habitual” de los cónyuges — Estatuto de agente diplomático de uno de los cónyuges — Convenio de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.

Fallo del Tribunal:
"El artículo 8, letras a) y b), del Reglamento (UE) n.º 1259/2010 del Consejo, de 20 de diciembre de 2010, por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial,
debe interpretarse en el sentido de que
la condición de agente diplomático de uno de los cónyuges y su destino a un puesto en el Estado receptor se oponen, en principio, a que se considere que la «residencia habitual» de los cónyuges se ha fijado en ese Estado, a menos que, tras una apreciación global del conjunto de circunstancias propias del caso concreto, que incluya, en particular, la duración de la presencia física de los cónyuges y su integración social y familiar en dicho Estado, queden acreditadas, por una parte, la voluntad de los cónyuges de fijar en ese mismo Estado el centro habitual de sus intereses y, por otra, una presencia que tenga un grado suficiente de estabilidad en el territorio de ese Estado."

- SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera) de 20 de marzo de 2025, en el asunto C‑763/22 (Procureur de la République): Procedimiento prejudicial — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Cooperación judicial en materia penal — Orden de detención europea — Decisión Marco 2002/584/JAI — Conflicto entre una orden de detención europea y una solicitud de extradición presentada por un tercer Estado — Artículo 16, apartado 3 — Concepto de “autoridad competente” — Normativa nacional que atribuye a un órgano del poder ejecutivo la competencia para decidir sobre si debe darse preferencia a la orden de detención europea o a la solicitud de extradición, en caso de conflicto — Derecho a un recurso.

Fallo del Tribunal:
"El artículo 16, apartado 3, de la Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, en su versión modificada por la Decisión Marco 2009/299/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009,
debe interpretarse en el sentido de que
un órgano del poder ejecutivo puede, en caso de conflicto entre una orden de detención europea y una solicitud de extradición, decidir a cuál de esos actos debe darse preferencia. Tal decisión debe poder ser objeto de un recurso judicial efectivo en las condiciones procesales que corresponde determinar a los Estados miembros."

 

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