viernes, 17 de julio de 2020

DOUE de 17.7.2020


- Recomendación (UE) 2020/1052 del Consejo de 16 de julio de 2020 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción.
Nota: El Consejo adoptó la Recomendación (UE) 2020/912, de 30 de junio de 2020, sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción (véase la entrada de este blog del día 1.7.2020). Desde entonces han tenido lugar varios debates en el seno del Consejo, consultando plenamente con la Comisión y los organismos y servicios competentes de la UE, en torno a la revisión de la lista de terceros países que figura en el anexo I de la Recomendación y en aplicación de los criterios y la metodología en ella establecidos. Como resultado de estos debates, debe modificarse la lista de terceros países que figura en el anexo I. En particular, Serbia y Montenegro deben suprimirse de la lista.
Así, el primer párrafo del punto 1 de la Recomendación se sustituye por el texto siguiente:
"1. A partir del 16 de julio de 2020 los Estados miembros deberán levantar gradualmente la restricción temporal para los viajes no esenciales a la UE de manera coordinada para los residentes de los terceros países que figuran en el anexo I."
Por su parte, la lista de terceros países cuyos residentes no deben verse afectados por la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE a través de las fronteras exteriores, contenida en el anexo I, pasa a tener el siguiente contenido:
1. Argelia.
2. Australia.
3. Canadá.
4. Georgia.
5. Japón.
6. Marruecos.
7. Nueva Zelanda.
8. Ruanda.
9. Corea del Sur.
10. Tailandia.
11. Túnez.
12. Uruguay.
13. China (a reserva de confirmación de reciprocidad).
- Corrección de errores de la Decisión (PESC) 2019/797 del Consejo, de 17 de mayo de 2019, relativa a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros.
Nota: Véase la Decisión (PESC) 2019/797 del Consejo, de 17 de mayo de 2019, así como la entrada de este blog del día 17.5.2019.
- Corrección de errores del Reglamento (UE) 2019/796 del Consejo, de 17 de mayo de 2019, relativo a medidas restrictivas contra los ciberataques que amenacen a la Unión o a sus Estados miembros.
Nota: Véase el Reglamento (UE) 2019/796 del Consejo, de 17 de mayo de 2019, así como la entrada de este blog del día 17.5.2019.
[DOUE L230, de 17.7.2020]

- Comunicación de la Comisión — Directrices relativas a los trabajadores de temporada en la UE en el contexto de la pandemia de COVID-19.
Nota: Estas Directrices complementan las Directrices relativas al ejercicio de la libre circulación de los trabajadores durante la pandemia de COVID-19, publicadas el 30 de marzo de 2020 (véase la entrada de este blog del día 30.3.2020), y responden a la petición del Parlamento Europeo en su Resolución del 19 de Junio de 2020 sobre la protección de los trabajadores transfronterizos y temporeros. Estas Directrices se refieren tanto a los trabajadores temporeros de la UE como a los que provienen de terceros países y, a menos que se especifique de otro modo, las medidas se refieren a ambos grupos.
[DOUE C 235I, de 17.7.2020]

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