Vientre de alquiler: mater semper certa est, pater semper incertus est
María Jesús PARRÓN CAMBERO, Magistrada, Letrada Gabinete Técnico Civil del Tribunal Supremo
Diario La Ley, Nº 8269, Sección Tribuna, 12 Mar. 2014, Año XXXV, Editorial LA LEY
LA LEY 1133/2014
El TS ha consagrado estos principios jurídicos en la reciente sentencia de 6 de febrero de 2014 al resolver la Sala Primera el primer caso de gestación por sustitución o maternidad subrogada, también conocido comúnmente como vientre de alquiler. Se confirma así la decisión adoptada unánimemente en la instancia de denegar la inscripción registral, aunque de una forma no tan unánime, al haber firmado el voto particular cuatro de los nueve magistrados que formaban la Sala. Dos posturas enfrentadas, con puntos comunes, cargadas de una batería de argumentos jurídicos que permiten entrever dos tipos de jueces, los sometidos al imperio de la ley, y los jueces que, también sometidos a este imperio, desde el entendimiento de la justicia como la resolución de casos concretos, utilizan todos los medios jurídicos a su alcance para llegar a dar una solución inmediata al problema planteado.Nota: Véase la sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 6 Feb 2014, rec. 245/2012, así como la entrada de este blog del día 14.2.2014 y las referencias en ella contenidas.
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