Juzgado de Primera Instancia N°.. 10 de Las Palmas de Gran Canaria, Sentencia de 7 Ene. 2014, proc. 574/2013: Sucesión hereditaria. Impugnación de la calificación negativa del Registrador de la Propiedad que suspendió la inscripción de una escritura de aceptación y adjudicación de herencia de un causante alemán residente en España. Estimación de la demanda. El certificado expedido por el Consulado de Alemania es prueba suficiente del derecho extranjero aplicable, debiendo reputarse título válido y suficiente de la sucesión, a efectos del Registro, el acta de declaración de herederos abintestato tramitada por el Notario, sin que sea necesario además que ante un juzgado alemán se tramite procedimiento alguno de declaración de herederos.
Ponente: León Jiménez, María del Carmen de.Nº de Sentencia: 16/2014Nº de PROCEDIMIENTO: 574/2013Jurisdicción: CIVILDiario La Ley, Nº 8262, Sección La Sentencia del día, 3 Mar. 2014LA LEY 3739/2014
Nota: Véase el comentario doctrinal a la sentencia en la entrada anterior de este blog.
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