miércoles, 11 de marzo de 2015

BOE de 11.3.2015


Resolución de 9 de marzo de 2015, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2015.
Nota: En las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2015 cabe destacar los siguientes aspectos:
-Apartado I.2 (investigación de patrimonios en el exterior): Se prevé la investigación de contribuyentes respecto de los que, no habiendo presentado el modelo 720 de Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, existan indicios de que están ocultando bienes a la Administración tributaria. También se prevé la investigación de contribuyentes que, habiendo presentado el modelo 720 de Declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero, existan indicios que pongan de manifiesto la falta de consistencia de los bienes y derechos incluidos en dicha declaración con el resto de información disponible relativa a su situación tributaria o patrimonial, así como que hayan incumplido las normas relativas a la correcta presentación del modelo.
-Apartado I.3 (planificación fiscal internacional): Se dará una atención preferente a la realización, en el marco de la cooperación internacional, de actuaciones de comprobación simultánea o controles multilaterales (actuaciones coordinadas con varios países con objeto de intercambiar información con trascendencia tributaria) en aquellos casos en que las limitaciones de las actuaciones estrictamente nacionales aconsejen una actuación conjunta con otros países.
-Apartado I.11 (prevención y represión del contrabando, narcotráfico y blanqueo de capitales): Se pretende reforzar la vigilancia del espacio aéreo español, las aguas jurisdiccionales y los recintos aduaneros, realizando actuaciones de investigación con técnicas de policía judicial, de análisis de riesgo y potenciando el intercambio de información y la colaboración internacional.
-Apartado III (colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Tributarias de las Comunidades Autónomas): Actuaciones en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio correspondiente a ejercicios no prescritos y su relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, mediante el cruce de información sobre la titularidad de bienes y derechos, incluidos los situados en el extranjero, y la identificación de contribuyentes no declarantes de dicho impuesto que estén obligados a presentar declaración.

En relación con las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2012, véase la Resolución de 24 de febrero de 2012, así como la entrada de este blog del día 1.3.2012. Para las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2013, véase la Resolución de 8 de marzo de 2013 y la entrada de este blog del día 12.3.2013. Para las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2014, véase la Resolución de 10 de marzo de 2014 y la entrada de este blog del día 31.3.2014.

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