jueves, 7 de julio de 2016

Propuesta de la Comisión de nuevas normas para reforzar la protección de los menores en litigios familiares transfronterizos


La Comisión acaba de publicar su propuesta de Reglamento por el que se modifica el Reglamento 2201/2203 sobre materia matrimonial y de responsabilidad parental (Reglamento Bruselas II). Se traba de la propuesta de Reglamento relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia matrimonial y de responsabilidad parental, y sobre la sustracción internacional de menores (refundición), documento COM(2016) 411 final.

En la nota de prensa publicada por la Comisión se afirma que las normas actualizadas se basan en la evaluación de las normas existentes y pretenden remediar las deficiencias detectadas. En particular, un objetivo prioritario es garantizar unos procedimientos más rápidos, dado que la dimensión temporal es esencial para proteger el interés superior de los menores en estos litigios transfronterizos en materia de responsabilidad parental. Más concretamente, se proponen las siguientes modificaciones específicas:
  • Procedimientos más eficaces para hacer frente a la sustracción transfronteriza de menores por sus padres: Los plazos aplicables en las distintas fases del procedimiento de restitución de menores estarán limitados a un período máximo de 18 semanas (máximo de seis semanas para la tramitación de la solicitud por la autoridad central que la ha recibido, seis semanas para la tramitación por el tribunal de primera instancia, y seis semanas para la tramitación por el tribunal de apelación). Las decisiones relativas a la restitución podrán recurrirse una sola vez, y el juez deberá considerar si en el ínterin debe ser ejecutable una resolución que ordene el retorno del menor. Para respetar la estructura de los sistemas jurídicos nacionales se garantizará que los asuntos de sustracción parental de menores sean instruidos por un número limitado de tribunales, de modo que los jueces puedan adquirir la necesaria experiencia.
  • Garantizar que el menor sea oído: Deberá garantizarse que los niños que estén en condiciones de formarse un juicio propio tengan la oportunidad de expresar su opinión en todos los procedimientos que les afecten. Esto se aplicará en especial a los procesos sobre la custodia y el derecho de visita, y sobre la restitución de menores en caso de que hayan sido sustraídos por uno de los padres.
  • Rápida ejecución de las resoluciones en otros Estados miembros: Con las nuevas normas quedará abolido el exequátur, procedimiento intermedio necesario para la ejecución de una sentencia en otro país. Cuando la ejecución aún no haya tenido lugar en el plazo de seis semanas, el tribunal comunicará a la autoridad central requirente del Estado miembro de origen, o directamente al solicitante, los motivos de la no ejecución en su momento. Además, con el fin de acelerar la ejecución, el tribunal que haya dictado la sentencia podrá declararla provisionalmente ejecutiva.
  • Mejora de la cooperación entre las autoridades de los Estados miembros: Las nuevas normas fomentarán una mejor cooperación entre autoridades centrales, ya que son el punto de contacto directo para los padres y desempeñan un papel crucial para ayudar a los jueces a aplicar las normas. Asimismo, las autoridades encargadas del bienestar infantil estarán mejor integradas en la cooperación transfronteriza.
Las nuevas normas evitarán los grandes costes generalmente derivados de tales procedimientos. Por ejemplo, en el caso de procedimientos de restitución, los padres dispondrán de normas más claras y se les animará a participar en la mediación, ahorrando así posibles gastos procesales, que por término medio se elevan a 2.200 EUR para todo el procedimiento. La abolición del procedimiento de exequátur permitirá ahorrar entre 1.100 y 4.000 EUR por asunto en algunos Estados miembros. Por otra parte, una ejecución más rápida permitirá a las familias un ahorro en los honorarios pagados a un abogado especialista, estimado, en función del Estado miembro, entre 1 000 y 4 000 EUR por cada diez horas de trabajo adicionales.

Véase la nota de prensa de la Comisión [aquí]

Agradezco la información a Andrés Rodríguez Benot (Universidad Pablo de Olavide).

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