Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso, Sede de Albacete, Sección 2, Sentencia de 7 Marzo 2016, Rec. 169/2014: Revocación de la tarjeta de residencia de familiar de nacional de Estado miembro de la UE o del EEE. La tarjeta se extingue cuando no se mantengan las circunstancias que motivaron su concesión. La Ley no contempla ningún procedimiento para la revocación de la tarjeta dada sobre la base de las mismas circunstancias valoradas para su concesión. En caso de dudas de la Administración sobre si la solicitud reunía o no los requisitos, por existencia de previa orden de expulsión, debe investigar previamente y no concederla.
Ponente: Pérez Yuste, Miguel Ángel.Nº de Recurso: 169/2014Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOIustel - Diario Del Derecho, 28 julio 2016, sección Jurisprudencia[Texto en CENDOJ: STSJ CLM 580/2016 - ECLI:ES:TSJCLM:2016:580]
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