lunes, 4 de julio de 2016

Bibliografía - Claves para la aplicación en España del Convenio de Ciudad del Cabo y su Protocolo Aeronáutico (II)


Claves para la aplicación en España del Convenio de Ciudad del Cabo y su Protocolo Aeronáutico: análisis del estado de implementación y cuestiones críticas (Parte II)
Teresa RODRÍGUEZ DE LAS HERAS BALLELL, Profesora Titular de Derecho Mercantil (Universidad Carlos III de Madrid)
Bitácora Millennium DIPr., nº 3 (Prepublicación)
SUMARIO PARTE II: IV. Declaraciones realizadas al Protocolo (punto nacional de acceso e IDERA): estado de la implementación. 1. El funcionamiento del punto de acceso español. 2. Inscripción de IDERA (autorización irrevocable para solicitar la cancelación de la matrícula de la aeronave y el permiso de exportación)

Tras la adhesión al Protocolo Aeronáutico el 27 de noviembre de 2015, el Convenio de Ciudad del Cabo en relación con los objetos aeronáuticos ha entrado en vigor para España el 1 de marzo de 2016, junto con la declaraciones realizadas tanto al Protocolo como ulteriormente al Convenio --salvo algunas declaraciones que no han sido efectivas hasta el 1 de junio--. Los beneficios esperados de esta incorporación dependen, primero, de las condiciones de la adhesión y, segundo, de un adecuado proceso de implementación efectiva en el ordenamiento interno.

Sumario Parte I: I. Introducción: la incorporación de España al sistema de Ciudad del Cabo. II. Las implicaciones de un proceso escalonado de adhesión al sistema de Ciudad el Cabo: entrada en vigor y efectividad de las declaraciones ulteriores al Convenio. III. Análisis de las declaraciones ulteriores al Convenio. 1. Declaración efectuada bajo el Artículo 39(1)(a) sobre derechos o garantías no consensuales. 2. Declaración realizada bajo el Artículo 40 sobre derechos o garantías no contractuales inscribibles en el Registro Internacional. 3. Declaración realizada bajo el Artículo 39(1)(b). 4. La relación entre la declaración bajo el Artículo 54(2) y la declaración ulterior bajo el Artículo 53.
[Véase la entrada de este blog del día 28 de junio de 2016]

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