martes, 10 de octubre de 2017

Jurisprudencia - Canje de permiso de conducir en fraude de ley para poder conducir en España tras la pérdida de todos los puntos


Tribunal Supremo, Sala Segunda, de lo Penal, Sentencia 612/2017 de 13 Sep. 2017, Rec. 1956/2016: Conducción sin permiso. Por pérdida de puntos. Canjes fraudulentos de permisos de conducir. Fijación de doctrina legal. Interés casacional. No pueden detentarse dos permisos, y usar el que convenga en cada momento, sobre todo cuando se circula por un Estado cuyas autoridades impiden tal conducción como consecuencia de las infracciones cometidas, que acarrean la caducidad de su vigencia por pérdida total de puntos. No cabe que el canje se haga en defraudación de una norma penal de un Estado miembro, ni puede impedir disposiciones sancionadoras, de tal manera pueda dejar de aplicarse una sanción de privación de la licencia de conducir por pérdida de puntos en uno de los Estados. Virtualidad del nuevo modelo único de permiso de conducción en todos los Estados miembros de la UE, cuyas características y plazos de vigencia han de ser armonizados de acuerdo a sus prescripciones. En el caso, las autoridades españolas habían dejado sin vigencia el permiso de conducción del acusado, nacional español, por pérdida de puntos, notificándoselo adecuadamente, no pudiéndose amparar en la tenencia de otro de canje portugués, so pena de fraude de ley. Confirmación de condena.
Ponente: Sánchez Melgar, Julián.
Nº de Sentencia: 612/2017
Nº de Recurso: 1956/2016
Jurisdicción: PENAL
Diario La Ley, Nº 9058, Sección Reseña de Sentencias, 10 de Octubre de 2017
ECLI: ES:TS:2017:3250
[Texto de la sentencia]

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.