Un paso más en la errática determinación del ámbito de aplicación de las normas autonómicas en materia de parejas de hecho: la Disposición adicional segunda de la Ley 5/2015 de Derecho Civil Vasco.
Luis GARAU JUANEDA, Catedrático de Derecho Internacional Privado (Universidad de las Islas Baleares).
Bitácora Millennium DIPr., nº 6 (Prepublicación)
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SUMARIO: I. Introducción. II. El apartado 1 de la Disposición adicional segunda. III. El apartado 2 de la Disposición adicional segunda: modificación del artículo 2 de la Ley 2/2003, de 7 de marzo, reguladora de las parejas de hecho. IV. El apartado 2 de la Disposición adicional segunda: modificación del artículo 5 de la Ley 2/2003, de 7 de marzo, reguladora de las parejas de hecho. V. Un efecto perturbador añadido en el sistema de derecho interregional causado por la existencia de normas de conflicto autonómicas relativas a las parejas de hecho. VI. El Reglamento (UE) 2016/1104 del Consejo de 24 de junio de 2016 por el que se establece una cooperación reforzada en el ámbito de la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia de efectos patrimoniales de las uniones registradas. VII. Conclusiones.Este trabajo tiene por objeto el análisis y valoración de las normas de conflicto relativas a las parejas de hecho registradas contenidas en la Disposición adicional 2ª de la Ley 5/2015, de Derecho Civil Vasco, en particular su constitucionalidad y su relación con las normas de conflicto estatales y de la Unión Europea.
The purpose of this paper is to analyze and assess the conflict-of-laws rules regarding the registered partnerships contained in Additional Provision 2 of Act 5/2015 on Basque Civil Law, in particular its constitutionality and its relationship with the conflict-of-laws rules of the Spanish state and of the European Union.
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