NOTA PREVIA:
Debido a la muy tardía conclusión de las negociaciones sobre el Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, el Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada y el Acuerdo entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Comunidad Europea de la Energía Atómica para la cooperación en el uso seguro y pacífico de la energía nuclear (en lo sucesivo, los «Acuerdos»), no se pudo proceder a la revisión jurídico-lingüística final de los textos de los Acuerdos antes de su firma y aplicación provisional. Por consiguiente, es posible que los textos de los Acuerdos publicados en el Diario Oficial de la Unión Europea el 31 de diciembre de 2020 hayan contenido errores técnicos e inexactitudes.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 780 del Acuerdo de Comercio y Cooperación, el artículo 21 del Acuerdo sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada y el artículo 25 del Acuerdo para la cooperación en el uso seguro y pacífico de la energía nuclear, inmediatamente después de la firma de los Acuerdos las Partes procedieron a la revisión jurídico-lingüística final de los textos de los Acuerdos en las lenguas alemana, búlgara, checa, croata, danesa, eslovaca, eslovena, española, estonia, finesa, francesa, griega, húngara, inglesa, irlandesa, italiana, letona, lituana, maltesa, neerlandesa, polaca, portuguesa, rumana y sueca.
Las Partes han declarado, mediante canje de notas diplomáticas de 21 de abril de 2021, que los textos de los Acuerdos, revisados en todas esas lenguas, son auténticos y definitivos. Esos textos auténticos y definitivos sustituyen ab initio las versiones firmadas de los Acuerdos publicadas en el Diario Oficial de 31 de diciembre de 2020 (véase la entrada de este blog del día 31.12.2020).
- Decisión (UE) 2021/689 del Consejo, de 29 de abril de 2021, relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, y del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte relativo a los procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada.
- Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra.
- Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada.
-Declaraciones previstas en la Decisión del Consejo relativa a la celebración, en nombre de la Unión, del Acuerdo de Comercio y Cooperación y del Acuerdo relativo a los procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada.
-Notificación relativa a la entrada en vigor del Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, por otra, y del Acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada.
Nota: El Acuerdo de Comercio y Cooperación entre la UE y la CEEA, por una parte, y el Reino Unido, por otra, y el Acuerdo entre la UE y el Reino Unido sobre procedimientos de seguridad para el intercambio y la protección de información clasificada, firmados en Bruselas y Londres el 30 de diciembre de 2020, entrarán en vigor el 1 de mayo de 2021.
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