jueves, 29 de abril de 2021

Bibliografía - Prevalencia del Convenio de La Haya de 1971 frente al Reglamento “Roma II” para la determinación de la ley aplicable a accidentes de circulación

 

- Prevalencia del Convenio de La Haya de 1971 frente al Reglamento “Roma II” para la determinación de la ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera
(A propósito de la «Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 23 de diciembre de 2020»)

Alfonso Ortega Giménez, Profesor Titular de Derecho internacional privado de la Universidad Miguel Hernández de Elche
Diario La Ley, Nº 9840, Sección Tribuna, 29 de Abril de 2021

En los accidentes de circulación por carretera transfronterizos los daños causados a un tercero se encuentran dentro del ámbito de la responsabilidad civil extracontractual; en estos casos es fundamental determinar correctamente la ley aplicable al caso concreto, ya que ésta será la que regule el fondo del asunto en relación al alcance de la responsabilidad, la existencia y la evaluación de los daños o la indemnización que pueda corresponderle al perjudicado; y servirá también para determinar las personas que tienen derecho a la reparación del daño o bien determinar los plazos de prescripción y caducidad de la acción. Así las cosas, la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 23 de diciembre de 2020, estima el recurso interpuesto por la compañía de seguros ALLIANZ contra la compañía de seguros MAPFRE, por un accidente de circulación ocurrido en Francia y que en primera instancia fue desestimado por el tribunal que, aplicando de forma errónea la ley española señalo que la acción estaba prescrita, cuando por aplicación del convenio de la Haya de 4 de mayo de 1971, sobre la ley material aplicable a los accidentes de circulación por carretera debe ser aplicable la ley francesa, como ley del Estado en cuyo territorio ocurrió el accidente.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.