martes, 26 de abril de 2022

BOE de 26.4.2022


- Instrumento de ratificación del Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales, hecho en Medellín el 25 de julio de 2019. Reglamento de financiación del Tratado relativo a la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre autoridades centrales.

Nota: Este Tratado regula el uso de la plataforma electrónica Iber@ como medio formal y preferente de transmisión de solicitudes de cooperación jurídica internacional entre Autoridades Centrales, en el marco de los tratados vigentes entre las partes y que contemplen la comunicación directa entre dichas instituciones (artículo 1). El Tratado no obliga a las Partes a la utilización de Iber@ para la transmisión de solicitudes de cooperación jurídica internacional (artículo 4.1).
En relación con el ámbito material de la solicitud de cooperación internacional, comprende la materia penal, la civil, la comercial, la laboral, la administrativa o cualquier otra materia del derecho (artículo 2.c).
Las solicitudes de cooperación jurídica internacional que se transmitan por Iber@ deben formularse de acuerdo con los tratados en vigor entre las partes y aplicables al caso concreto (artículo 8). La ejecución de las solicitudes de cooperación jurídica internacional transmitida válidamente mediante Iber@ se adecuará a lo dispuesto en los tratados en vigor entre las Partes y aplicables al caso concreto (artículo 9.1).
El Tratado se complementa con el Reglamento con las normas de financiación de la Plataforma Iber@.
El Tratado y su Reglamento de Financiación entrarán en vigor con carácter general y para España el 9 de mayo de 2022.

[BOE n. 99, de 26.4.2022]

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