miércoles, 8 de junio de 2022

Jurisprudencia - La justificación del procedimiento preferente para la expulsión del extranjero puede valorarse una vez iniciado si se acredita cambio en las circunstancias que motivaron su incoación

 

- Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-administrativo, Sección 5ª, Sentencia 492/2022 de 27 Abr. 2022, Rec. 2958/2021: Interés casacional. Extranjeros. Expulsión. Tramitación por el procedimiento preferente. La previsión del art. 63 LOEX del riesgo de incomparecencia como circunstancia que permite excluir la concesión de un plazo de salida voluntaria, es conforme con las determinaciones de la Directiva 2008/115/CE, pues es ajustada la correspondencia entre el riesgo de incomparecencia a que se refiere el citado artículo de la Ley y el riesgo de fuga que se indica en el art. 7.4 de la Directiva. La apreciación de concurrencia de la circunstancia de riesgo de incomparecencia en un momento inicial justifica la opción de la tramitación por el procedimiento preferente, pero tal apreciación puede verse modificada, de acreditarse un cambio de las circunstancias concurrentes, a efectos de la adopción de la decisión de retorno y valorar la procedencia, o no, de la concesión del plazo para la salida voluntaria.

Ponente: Herrero Pina, Octavio Juan.
Nº de Sentencia: 492/2022
Nº de Recurso: 2958/2021
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario La Ley, Nº 10085, Sección Jurisprudencia, 8 de Junio de 2022
ECLI: ES:TS:2022:1758

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