NUEVOS ASUNTOS
- Asunto C-291/24, Steiermärkische Bank und Sparkasse y otros: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesverwaltungsgericht (Austria) el 25 de abril de 2024 – Steiermärkische Bank und Sparkassen AG, KL, TR / Österreichische Finanzmarktaufsichtsbehörde (FMA) [DO C, C/2024/5297, 9.9.2024]
Cuestión prejudicial:
"¿Se oponen el Derecho secundario de la Unión [en particular el artículo 60, apartados 5 y 6, en relación con el artículo 58, apartados 1 a 3, en relación con el artículo 59, apartado 1, de la Directiva (UE) 2015/849], así como los principios generales del Derecho de la Unión (en particular el principio del effet utile),
a las disposiciones del artículo 35, apartados 1 a 3 (relativas a la responsabilidad penal de las personas jurídicas), y del artículo 36 (prórroga del plazo de prescripción) de la Finanzmarkt-Geldwäschegesetz («FM-GwG») (Ley relativa a los Mercados Financieros y al Blanqueo de Capitales),
las cuales, en relación con la interpretación de estas disposiciones realizada por el Verwaltungsgerichtshof (Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo, Austria), exigen con carácter imperativo, para sancionar a una persona jurídica, que al administrador de la persona jurídica o a otra persona física que haya actuado por cuenta de esta se le atribuya previamente la condición formal de parte acusada (en estricta observancia de todos los derechos que asisten a las partes) y, además, que conste también en la parte dispositiva (fallo) de la resolución administrativa sancionadora adoptada contra la persona jurídica que la persona física (o el administrador) que se menciona específicamente en la misma ha actuado de forma típica, antijurídica y culpable, con el fin de imputar esta conducta, en una fase ulterior, a la persona jurídica, habida cuenta de que el plazo de prescripción de la acción es de tres años contados a partir de la finalización de la comisión de la infracción y el plazo de prescripción de la responsabilidad penal es de cinco años?"
- Asunto C-453/24, Hadenov: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sofiyski gradski sad (Bulgaria) el 26 de junio de 2024 – Proceso penal contra BC [DO C, C/2024/5310, 9.9.2024]
Cuestiones prejudiciales:
"¿Pueden interpretarse la obligación de reconocimiento con arreglo al artículo 6 de la Decisión Marco 2005/214, la facultad de iniciar consultas en virtud del artículo 7, apartado 3, de la Decisión Marco y el principio de prevención de la impunidad de los delitos en el sentido de que confieren a la autoridad de ejecución, cuando esta haya constatado que existe un motivo facultativo para denegar el reconocimiento con arreglo al artículo 7, apartado 2, letra g), inciso i), de la Decisión Marco, la facultad de:
1) iniciar consultas con la autoridad de emisión en virtud del artículo 7, apartado 3, de la Decisión Marco, a fin de determinar si la persona sancionada dispone aún de una posibilidad de interponer recurso contra la resolución por la que se le impone una sanción pecuniaria;
2) en caso de respuesta afirmativa, notificar la resolución por la que se impone una sanción pecuniaria a la persona sancionada e instruirla sobre su derecho a recurrirla;
3) esperar al resultado de un eventual recurso y tenerlo en cuenta en su resolución sobre el fondo?"
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