- Audiencia Provincial de Málaga, Sección 4ª, Sentencia 6/2024 de 12 Ene. 2024, Rec. 331/2022: Aprovechamiento por turno de bienes inmuebles. Demanda de nulidad del contrato. Competencia judicial. Falta de jurisdicción internacional de los tribunales españoles. Cambio de criterio de la Audiencia Provincial tras la reciente jurisprudencia del TJUE. La facultad de los consumidores de elección del foro no se extiende a la sucursal en España que actúa como tal, esto es, como empresa comercializadora, no como parte contratante, ni sirve de referencia el domicilio de la sucursal para atraer la competencia hacia los tribunales españoles. El hecho de pertenecer la sucursal a un grupo de sociedades participadas no autoriza al consumidor a ejercitar su acción de forma alternativa o subsidiaria ante los órganos jurisdicciones en que esté domiciliada cada una de esas sociedades. La situación del inmueble tampoco genera ningún criterio de atribución de la competencia, puesto que el contrato no tendría encaje en la naturaleza de derecho real en la medida en que no se refiere únicamente al derecho de utilización de un inmueble en régimen de tiempo compartido, sino que se adquiere la pertenencia a una comunidad, con la prestación de servicios consistentes en el uso, no de un inmueble concreto en exclusiva, sino del paquete de inmuebles del vendedor en todo el mundo.
Ponente: Gómez Bermúdez, María Isabel.
Nº de Sentencia: 6/2024
Nº de Recurso: 331/2022
Jurisdicción: CIVIL
Diario LA LEY, Nº 10559, Sección Sentencias y Resoluciones, 3 de Septiembre de 2024
ECLI: ES:APMA:2024:339
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