- Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 7ª, Sentencia de 4 Jul. 2024, Rec. 80/2020: Responsabilidad patrimonial. Administración del Estado. Indemnización por los daños y perjuicios sufridos por los recurrentes en el atentado terrorista a la Embajada de España en Kabul ocurrido el 11 Dic. 2015. Existencia de varios informes de seguridad, elaborados antes del atentado, que ponían de manifiesto la vulnerabilidad del recinto donde se ubicaba la Cancillería y Residencia de Funcionarios y la inadecuación del recinto que albergaba las mencionadas dependencias diplomáticas. No se han buscado soluciones alternativas a este emplazamiento de manera diligente y eficaz. Además, el recinto contaba con insuficientes medidas de seguridad para repeler una acción terrorista que, de haber sido adecuadas, hubieran mitigado las nefastas consecuencias del ataque. A todo ello, ha de sumarse los defectuosos canales de información sobre riesgos de ataques, que no permitieron al equipo de seguridad obtener de manera directa información sobre las alertas emitidas.
Ponente: Moya Meyer, Luis Helmuth.
Nº de Recurso: 80/2020
Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA
Diario LA LEY, Nº 10573, Sección Sentencias y Resoluciones, 23 de Septiembre de 2024
ECLI: ES:AN:2024:3936
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