El Tribunal Constitucional no consiente la ejecución de Euroórdenes por sentencias de condena dictadas en rebeldía o ausencia (No es suficiente otorgar representación a abogado que asista en juicio al condenado para respetar el derecho a un proceso con todas las garantías del art. 24.2 de la CE. El órgano judicial deberá condicionar la entrega a la posible revisión de la condena)
Pablo Vicente CONTRERAS CEREZO, Fiscal ante el Tribunal Constitucional
Diario La Ley, Nº 7303, Sección Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, 15 Dic. 2009.
Pablo Vicente CONTRERAS CEREZO, Fiscal ante el Tribunal Constitucional
Diario La Ley, Nº 7303, Sección Jurisprudencia del Tribunal Constitucional, 15 Dic. 2009.
Nota: Véase la sentencia del Tribunal Constitucional español de 28.9.2009 (sentencia núm. 199/2009), así como la entrada de este blog del día 14.10.2009.
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