martes, 7 de junio de 2011

Jurisprudencia - Responsabilidad parental


Audiencia Provincial de Les Illes Balears, Sección 4ª, Sentencia de 2 Feb. 2011, rec. 415/2010: Unión no matrimonial. Modificación de medidas en relación con los hijos. Guarda y custodia. No procede revocar su atribución a la madre. El traslado irregular de la madre con el menor a Alemania (país del que es oriunda) no basta para cambiar la titularidad de la guarda y custodia, pues tal cambio sólo puede venir motivado por la protección del superior interés del hijo, y no existe en autos prueba o indicio objetivo revelador de que las funciones de guarda y custodia estén siendo ejercidas de forma incorrecta por la madre (bajo cuyo cuidado ha estado siempre el menor, nacido en 2007), y menos aún de que las mismas serán ejercitadas por el padre de forma más favorable para el niño. Régimen de visitas. Alteración del establecido motivada por el cambio de residencia del menor. Desarrollo de las visitas en España y no en Alemania (como se dispuso en la instancia), debiendo ser la madre quien se desplace con el menor, corriendo de su cargo los gastos que ocasione el ejercicio de las visitas, al haber sido ella la que con su comportamiento ha motivado la necesidad de modificar el régimen preexistente, con la consiguiente reducción de los contactos físicos entre padre e hijo y el correlativo encarecimiento que supone llevar a cabo el nuevo.
Ponente: Fernández Alonso, María Pilar.
Nº de Sentencia: 27/2011
Nº de Recurso: 415/2010
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 7646, Sección Jurisprudencia, 7 Jun. 2011

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.