Proyecto de Ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico (BOCG-Congreso, Serie A, núm. 116-1, de 26.9.2014).
Nota: El objeto de esta ley es establecer un régimen jurídico, complementario al establecido por el Derecho de la Unión Europea, aplicable a las Denominaciones de Origen Protegidas (DOP) y a las Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) con un ámbito territorial supraautonómico, esto es, que se extiende a más de una comunidad autónoma (art. 1). Para ello, esta norma regula la titularidad, el uso, la gestión y la protección de las DOP e IGP, garantiza la protección de las DOP e IGP como derechos de propiedad intelectual, protege los derechos de los productores y de los consumidores e intenta favorecer la cooperación entre las Administraciones Públicas competentes (véase el art. 2).
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