La competencia judicial internacional en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial
Francisco GARCIMARTÍN, Catedrático de Derecho Internacional Privado (Universidad Autónoma de Madrid)
Diario La Ley, Nº 8614, Sección Documento on-line, 28 de Septiembre de 2015
LA LEY 5704/2015
La reciente reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial ha alcanzado también a las reglas internas de competencia judicial internacional. Según declara en la exposición de motivos, las razones de esta reforma residen en la necesidad de «actualizar» nuestro Derecho, en particular a la luz de la evolución del Derecho europeo en la materia. No obstante, pese a estas bondadosas intenciones, en algunos extremos el nuevo texto resulta difícil de entender: hay algunas normas aparentemente absurdas o incluso de imposible aplicación. El objetivo de este trabajo es describir el contenido de la reforma y ofrecer algunas pautas para su corrección por vía interpretativa.Nota: Véase la Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como la entrada de este blog del día 22.7.2015.
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