miércoles, 4 de julio de 2018

Jurisprudencia - Desestimada la demanda formulada por una asociación de taxistas contra Uber por actos de competencia desleal


Juzgado de lo Mercantil N°. 3 de Barcelona, Sentencia de 10 Abr. 2018, Rec. 929/2014: Competencia desleal. Demanda formulada por una asociación de taxistas contra Uber Spain. Desestimación. Inexistencia de violación de normas. En la demanda no se concretan las actuaciones o servicios concretos que realiza Uber Spain. Por tanto, no queda probado que esos servicios indeterminados afecten a normas específicas de competencia ni que la exigencia de licencia para realizar servicios de taxi deba recaer sobre ella. La cooperación o soporte a empresas del grupo no puede asimilarse a la cooperación o soporte en actividades o servicios que específicamente puedan reputarse desleales. Inexistencia de actos de engaño. Los actos de engaño que se describen en la demanda se refieren al contenido de una página web (www.uber.com) que no ha sido creada por Uber Spain y que ella no explota. Por tanto, el engaño, de existir, no podría imputarse a la demandada, sino a la sociedad que gestiona los contenidos de la página.
Ponente: Fernández Seijo, José María.
Nº de Recurso: 929/2014
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 9231, Sección Jurisprudencia, 4 de Julio de 2018
ECLI: ES:JMB:2018:38

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