CONCLUSIONES DEL ABOGADO GENERAL SR. HENRIK SAUGMANDSGAARD ØE, presentadas el 26 de septiembre de 2019, en el asunto C‑532/18 (Niki Luftfahrt): [Petición de decisión prejudicial planteada por el Oberster Gerichtshof (Tribunal Supremo de lo Civil y Penal, Austria)] Procedimiento prejudicial — Transporte aéreo — Convenio de Montreal — Artículo 17, apartado 1 — Responsabilidad de las compañías aéreas frente a los pasajeros — Concepto de “accidente” — Lesión corporal de un pasajero al derramarse una bebida caliente a bordo de un avión en vuelo.
Nota: El AG propone al Tribunal que conteste la cuestión planteada en el siguiente sentido:
"El artículo 17, apartado 1, del Convenio para la Unificación de Ciertas Reglas para el Transporte Aéreo Internacional, celebrado en Montreal el 28 de mayo de 1999 y aprobado en nombre de la Comunidad Europea por la Decisión 2001/539/CE del Consejo, de 5 de abril de 2001, debe interpretarse en el sentido de que constituye un “accidente” que puede generar la responsabilidad de la compañía aérea en virtud de dicha disposición cualquier acontecimiento que haya ocasionado la muerte o lesiones corporales a un pasajero y que se haya producido a bordo de la aeronave o durante operaciones de embarque o desembarque, que sea repentino o inhabitual y externo al pasajero de que se trate, sin que sea necesario determinar si dicho acontecimiento se ha debido a un riesgo típico de la aviación o está directamente relacionado con ese transporte aéreo."
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