- Alcance de la facultad del juez nacional para decidir de oficio sobre la compatibilidad o incompatibilidad del Derecho nacional con el Derecho de la Unión. La opinión del Abogado General
Isaac Ibáñez García, Abogado
Diario La Ley, Nº 9845, Sección Tribuna, 7 de Mayo de 2021
El Abogado General del TJUE ha terciado en la controversia creada por la Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 26 de marzo de 2019 (STC 37/2019) que impone al tribunal nacional (en este caso a nuestro Tribunal Supremo) un deber reforzado de plantear la cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, sólo si llega a la conclusión de que la norma legal infringe el Derecho de la Unión (y, por tanto, procedería su inaplicación por su propia autoridad), sin que tenga tal deber —desde el punto de vista constitucional— en caso de que decida que la ley nacional cuestionada es conforme con el Derecho de la Unión Europea.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.