lunes, 9 de noviembre de 2020

DOUE de 9.11.2020


- Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1646 de la Comisión de 7 de noviembre de 2020 sobre medidas de política comercial relativas a determinados productos procedentes de los Estados Unidos de América a raíz de la resolución de una diferencia comercial en el marco del Entendimiento sobre Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio.

Nota: El 11 de abril de 2019, el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC adoptó sus recomendaciones y resoluciones en la diferencia «DS353 Estados Unidos-Medidas que afectan al comercio de grandes aeronaves civiles (segunda reclamación), recurso de la UE al artículo 21, apartado 5, del ESD», en las que se confirma que los EE.UU. no han adaptado sus medidas, consideradas incompatibles con el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (Acuerdo SMC), de conformidad con sus obligaciones en virtud de dicho Acuerdo. Por lo que se refiere a las ventajas fiscales del régimen EVE/IET, el Órgano de Apelación confirmó que los EE.UU. no retiraron las subvenciones y que las recomendaciones y resoluciones originales siguen siendo operativas.
Con respecto a las demás medidas pertinentes, de conformidad con el apartado 8 de los procedimientos acordados en virtud de los artículos 21 y 22 del ESD y el artículo 7 del Acuerdo SMC entre la Unión Europea y los Estados Unidos en relación con esta diferencia, la UE solicitó al árbitro con arreglo al artículo 22.6 del ESD que reanudase su trabajo. El árbitro emitió su decisión el 13 de octubre de 2020. La decisión del árbitro establece que la UE puede pedir la autorización del Órgano de Solución de Diferencias de la OMC para adoptar contramedidas con respecto a los EE.UU., a un nivel que no supere los 3 993 212 564 USD anuales. Estas contramedidas pueden adoptar la forma de a) suspensión de concesiones arancelarias y otras obligaciones afines en el marco del GATT de 1994, b) suspensión de concesiones y otras obligaciones en el marco del Acuerdo SMC y c) suspensión de compromisos horizontales o sectoriales incluidos en la lista consolidada de servicios de la Unión Europea con respecto a todos los sectores principales identificados en la Lista de Clasificación Sectorial de los Servicios.
El 26 de octubre de 2020, el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC autorizó a la UE a adoptar contramedidas contra los EE.UU. de conformidad con la decisión del árbitro. Las contramedidas consistirán en la suspensión de concesiones arancelarias y la imposición de derechos de aduana nuevos o más elevados.

Véase la suspensión por cuatro meses de las medidas acordadas.

[DOUE L373, de 9.11.2020]

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