miércoles, 4 de noviembre de 2020

DOUE de 4.11.2020


- Recomendación (UE) 2020/1632 del Consejo de 30 de octubre de 2020 sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19 en el espacio Schengen.

Nota: La Recomendación (UE) 2020/1475 del Consejo (véase la entrada de este blog del día 14.10.2020) define principios generales y criterios comunes, incluidos umbrales comunes, a la hora de considerar la posibilidad de imponer restricciones a la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19. Asimismo, establece un marco común con respecto a posibles medidas para los viajeros procedentes de las zonas de mayor riesgo y recomienda a los Estados miembros que se coordinen y lleven a cabo una comunicación dirigida al público cuando impongan medidas restrictivas.
Dado que la libre circulación de personas en el mercado interior, contemplada en el artículo 26 del TFUE, coexiste estrechamente con la ausencia de controles de las personas en las fronteras interiores dentro del espacio Schengen, contemplada en los artículos 67 y 77 del TFUE, y con el fin de respetar la coherencia y la integridad del acervo de Schengen, la presente Recomendación debe garantizar que los Estados miembros adopten el mismo enfoque coordinado cuando apliquen el acervo de Schengen en materia de ausencia de controles de las personas, independientemente de su nacionalidad, en las fronteras interiores. Por consiguiente, los Estados miembros también deben aplicar los principios, los criterios comunes y el marco común de medidas establecidos en la Recomendación (UE) 2020/1475 al garantizar dentro del espacio Schengen la ausencia de controles de las personas, independientemente de su nacionalidad, en las fronteras interiores.

[DOUE L366, de 4.11.2020]

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