Comentarios al Proyecto de Ley de reforma de la LGDCU. Reglas de Derecho Internacional Privado
Elisa Torralba, Profesora Titular de Derecho Internacional Privado (Universidad Autónoma de Madrid)
Blog del Centro de Estudios de Consumo (CESCO), Universidad de Castilla La Mancha, 11 de diciembre de 2013.
El Proyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias no introduce novedades relevantes en lo que se refiere a las reglas de Derecho internacional privado, que se mantienen en su artículo 67, respecto de la situación ya existente, salvo por la eliminación de la referencia a las disposiciones relativas a los contratos a distancia. La introducción del primer apartado del precepto, que no figura en el texto actual, resulta, como se verá a continuación, superflua, y los párrafos segundo y tercero que se mantienen, salvo por la omisión señalada, inalterados, deberían ser objeto de revisión para adecuarlos mejor a las reglas de Derecho Internacional Privado del Reglamento Roma I y de las Directivas en materia de protección de los consumidores.Nota: Sobre el Proyecto de Ley véase la entrada de este blog del día 25.10.2013.
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