SENTENCIAS
-Asunto C-139/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 20 de marzo de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo — España) — Caixa d'Estalvis i Pensions de Barcelona/Generalidad de Cataluña (Procedimiento prejudicial — Sexta Directiva IVA — Exenciones — Operaciones relativas a la venta de títulos que implican la transmisión de la titularidad de bienes inmuebles — Sujeción a un impuesto indirecto distinto del IVA — Artículos 49 TFUE y 63 TFUE — Situación puramente interna).
Nota: Véase la entrada de este blog del día 20.3.2014.
-Asunto C-167/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 18 de marzo de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por el Employment Tribunal, Newcastle upon Tyne — Reino Unido) — C. D./S. T. (Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 92/85/CEE — Medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en período de lactancia — Artículo 8 — Madre subrogante que ha tenido un hijo gracias a un convenio de gestación por sustitución — Negativa a concederle un permiso de maternidad — Directiva 2006/54/CE — Igualdad de trato entre los trabajadores y las trabajadoras — Artículo 14 — Trato menos favorable de una madre subrogante en lo que atañe a la atribución de un permiso de maternidad).
Nota: Véase la entrada de este blog del día 18.3.2014.
-Asunto C-363/12: Sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 18 de marzo de 2014 (petición de decisión prejudicial planteada por The Equality Tribunal — Irlanda) — Z/A Government department y the Board of management of a community school (Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 2006/54/CE — Igualdad de trato entre los trabajadores y las trabajadoras — Madre subrogante que ha tenido un hijo gracias a un convenio de gestación por sustitución — Negativa a concederle un permiso retribuido equivalente a un permiso de maternidad o a un permiso por adopción — Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad — Directiva 2000/78/CE — Igualdad de trato en asuntos de empleo y ocupación — Interdicción de toda discriminación basada en una discapacidad — Madre subrogante discapacitada para la gestación — Existencia de una discapacidad — Validez de las Directivas 2006/54 y 2000/78).
Nota: Véase la entrada de este blog del día 18.3.2014.
NUEVOS ASUNTOS
-Asunto C-45/14: Petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Ítélőtábla (Hungría) el 27 de enero de 2014 — Proceso penal contra István Balázs y Dániel Papp
Cuestiones planteadas:"Se solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie con carácter prejudicial sobre la cuestión de si la regulación, o la falta de regulación, de la legalidad de la acusación establecida en el artículo 2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal húngara1) ¿viola la eficacia del «derecho a la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial» enunciado en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea?2) ¿conlleva la violación del «derecho a no ser juzgado o condenado penalmente dos veces por la misma infracción» enunciado en el artículo 50 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como en el artículo 14, apartado 7, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 4, apartado 1, del Protocolo no 7 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales firmado en Roma el 4 de noviembre de 1950?3) ¿conlleva la violación de la «prohibición del abuso de derecho» establecida en el artículo 54 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea?"
-Asunto C-66/14: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgerichtshof (Austria) el 10 de febrero de 2014 — Finanzamt Linz/Bundesfinanzgericht, Außenstelle Linz.
Cuestiones planteadas:"1) ¿Se opone el artículo 107 TFUE (anteriormente artículo 87 CE), en relación con el artículo 108 TFUE, apartado 3 (anteriormente artículo 88 CE, apartado 3), a una medida nacional en virtud de la cual en la tributación en grupo se puede amortizar el fondo de comercio (con la consiguiente reducción de la base imponible y, por tanto, de la carga impositiva) en caso de adquisición de una participación en una sociedad residente, sin que se admita tal amortización cuando se adquiere una participación en otros supuestos sujetos al impuesto sobre la renta o al impuesto sobre sociedades?2) ¿Se opone el artículo 49 TFUE (anteriormente artículo 43 CE), en relación con el artículo 54 TFUE (anteriormente artículo 48 CE), a las disposiciones de un Estado miembro en virtud de las cuales en la tributación en grupo se puede amortizar el fondo de comercio en caso de adquisición de una participación en una sociedad residente, sin que se admita tal amortización cuando se adquiere una participación en una sociedad no residente (especialmente si tiene su domicilio social en otro Estado miembro)?"
-Asunto C-94/14: Petición de decisión prejudicial planteada por la Kúria (Hungría) el 27 de febrero de 2014 — Flight Refund Ltd/Deutsche Lufthansa AG
[DOUE C142, de 12.5.2014]Cuestiones planteadas:"1) ¿Puede reclamarse la indemnización reconocida en el artículo 19 del Convenio de Montreal en un proceso monitorio europeo?2) En lo que se refiere a la indemnización reconocida en el artículo 19 del Convenio de Montreal, ¿la competencia del notario habilitado para expedir un requerimiento europeo de pago —equiparado a un órgano jurisdiccional nacional— y la competencia judicial, una vez incoado el procedimiento contencioso tras la oposición del demandado, se determinan conforme a las disposiciones sobre competencia del Reglamento (CE) no 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, por el que se establece un proceso monitorio europeo (en lo sucesivo, «Reglamento no 1896/2006»), del Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (en lo sucesivo, «Reglamento no 44/2001»), y/o conforme a las disposiciones del Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999 (en lo sucesivo, «Convenio de Montreal»)? ¿De qué modo se relacionan estas normas de competencia?3) En el caso de que se apliquen las normas de competencia del Convenio de Montreal, ¿puede el demandante, incluso a falta de cualquier otro elemento de conexión, ejercitar su derecho a indemnización, a su elección, ante un tribunal de uno de los Estados parte o el tribunal ante el que se ha ejercitado dicho derecho debe ser territorialmente competente conforme a las normas procesales de su Estado miembro?Por otro lado, ¿cómo debe interpretarse la norma de competencia opcional prevista en el Convenio de Montreal que se remite al tribunal del lugar en que el transportista tiene una oficina por cuyo conducto se haya celebrado el contrato?4) En el caso de que la expedición de un requerimiento europeo de pago resulte contraria al objeto del Reglamento o sea atribuible a una autoridad que no disponga de competencia material, ¿puede revisarse de oficio? ¿O debe archivarse de oficio o a instancia de parte, por falta de competencia, el procedimiento contencioso iniciado a raíz de una oposición?5) En el caso de que algún tribunal húngaro sea competente para conocer del procedimiento, ¿deben interpretarse las normas procesales nacionales, de conformidad con el Derecho de la Unión y del Convenio de Montreal, en el sentido de que designan necesariamente al menos un tribunal que, incluso a falta de otros elementos de conexión, tiene la obligación de pronunciarse sobre el fondo del procedimiento contencioso iniciado a raíz de la oposición?"
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.