Aplicación provisional del Acuerdo de Sede entre el Reino de España y la Unión Europea (Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo), hecho en Bilbao el 31 de marzo de 2014.
Nota: Entre otras cuestiones, este Acuerdo regula la inmunidad de jurisdicción y ejecución de la Agencia en el desempeño de sus actividades oficiales (art. 2.2); la exención de derechos de aduana y cualquier otro impuesto similar sobre los bienes de cualquier clase que la Agencia importe o exporte en el ejercicio de sus actividades oficiales (art. 6).Este Acuerdo se aplica provisionalmente desde el 31.3.2014; es decir, hace mes y medio (!!!), y la fecha de notificación del MAEC lleva fecha de 14 de abril, es decir, quince días después de su entrada en vigor (!!!).
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