Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 1, Sentencia de 11 Febrero 2016, Rec. 181/2015: Concesión de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE a pesar de no estar el matrimonio inscrito en el Registro Civil español. Se confirma la sentencia que reconoció el derecho de la demandante a obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE, que fue denegada por no constar la inscripción en el Registro Civil español -conforme al art. 61 del CC- el matrimonio celebrado en Venezuela, y considerar que el mismo era de conveniencia.
Ponente: Alonso Sotorrío, María del Pilar.Nº de Recurso: 181/2015Jurisdicción: CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVOIustel - Diario Del Derecho, 15 junio 2016, sección Jurisprudencia[Texto en CENDOJ: STSJ ICAN 67/2016 - ECLI:ES:TSJICAN:2016:67]
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