- Recomendación (UE) 2021/961 del Consejo de 14 de junio de 2021 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/1475, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19.
Nota: El 13 de octubre de 2020, el Consejo adoptó la Recomendación (UE) 2020/1475, sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19 (véase la entrada de este blog del día 14.10.2020). En ella se estableció un enfoque coordinado respecto de los aspectos clave siguientes: la aplicación de criterios y umbrales comunes a la hora de decidir la introducción de restricciones a la libre circulación, una cartografía del riesgo de transmisión de la COVID-19 sobre la base de un código de colores acordado y un enfoque coordinado en cuanto a las eventuales medidas que podrían ser adecuadamente aplicadas a las personas que se desplazan entre zonas, dependiendo del nivel de riesgo de transmisión en dichas zonas.
Posteriormente, el Consejo adoptó, el 1 de febrero de 2021, la Recomendación (UE) 2021/119 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/1475 (véase la entrada de este blog del día 2.2.2021), habida cuenta de un nivel muy elevado de transmisión comunitaria en toda la Unión, posiblemente relacionado con el aumento de la transmisibilidad de las nuevas variantes preocupantes del SARS-CoV-2.
El 20 de mayo de 2021, el Consejo adoptó la Recomendación (UE) 2021/816 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/912 sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la UE y el posible levantamiento de dicha restricción (véase la entrada de este blog del día 21.5.2021); en ella se invita a los Estados miembros a que rebajen las restricciones a los viajes no esenciales a la UE, en particular para los nacionales de terceros países que hayan recibido la última dosis recomendada de una vacuna contra la COVID-19 a la que se haya concedido una autorización de comercialización. La Recomendación (UE) 2021/816 también aumentó los umbrales aplicables al índice acumulado de notificación de casos de COVID-19 en los últimos 14 días utilizado para determinar la lista de terceros países desde los que deben permitirse viajes no esenciales. Al mismo tiempo, para limitar el riesgo de entrada en la UE de variantes preocupantes o de interés del SARS-CoV-2, la Recomendación (UE) 2021/816 prevé un mecanismo de «freno de emergencia» que permita a los Estados miembros actuar de manera rápida y coordinada para limitar temporalmente a un mínimo estricto todos los desplazamientos desde los terceros países afectados.
El Reglamento (UE) 2021/953 sobre el Certificado COVID Digital de la UE (véase la entrada de este blog del día 15.6.2021) comenzará a aplicarse el 1 de julio de 2021. A partir de esa fecha, las personas vacunadas que hayan superado una prueba con resultado negativo o que se hayan recuperado tras sufrir la enfermedad tendrán derecho a obtener un Certificado COVID Digital de la UE, y también si han sido vacunadas antes de la fecha de aplicación del Reglamento sobre el Certificado COVID Digital de la UE, e incluso como parte de un ensayo clínico.
Debido principalmente a un aumento significativo del porcentaje de vacunación en toda la Unión, existe una marcada y continua tendencia a la baja en el índice acumulado de notificación de casos de COVID-19 en los últimos catorce días en la zona de la UE/EEE. Vista esta evolución positiva, los Estados miembros han empezado a levantar gradualmente las restricciones destinadas a limitar la propagación del SARS-CoV-2, tanto en lo que se refiere a los viajes como a otras actividades.
Todo lo anterior hace que ahora deba modificarse Recomendación (UE) 2020/147, que es lo que se hace mediante la presente Recomendación.
PARLAMENTO EUROPEO
(Sesiones del 25 al 28 de noviembre de 2019)
- Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de noviembre de 2019, sobre los derechos del niño con ocasión de la celebración del 30.o aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño.
- Resolución del Parlamento Europeo, de 27 de noviembre de 2019, sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la movilización del Instrumento de Flexibilidad para financiar medidas presupuestarias inmediatas para hacer frente a los actuales desafíos de la migración, la afluencia de refugiados y las amenazas a la seguridad (COM(2019)0251 — C9-0007/2019 — 2019/2026(BUD))
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.