- Enmienda al artículo 7 del Anexo 8 del Convenio Internacional sobre la armonización de los controles de mercancías en las fronteras, adoptada en Ginebra el 5 de febrero de 2020.
Nota: Esta Enmienda entró en vigor, de forma general y para España, el 27 de mayo de 2021, es decir, hace un mes.
Véase el Convenio Internacional sobre la armonización de los controles de mercancías en las fronteras.
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