Ley 1/2011 de Aragón, de 10 de febrero, de convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Nota: Esta norma se aplica a los convenios y acuerdos que se celebren entre, por un lado, el Gobierno de Aragón, su Administración y las restantes entidades del sector público autonómico con, por otro lado, el Estado, otras Comunidades Autónomas, entes públicos e instituciones de otros Estados u organismos internacionales en el ámbito de la Unión Europea y de la acción exterior, universidades públicas y corporaciones de derecho público. Por otro lado, quedan excluidos de su ámbito de aplicación los convenios que tengan la consideración de contratos sometidos a la legislación de contratos del sector público, los convenios urbanísticos y los acuerdos adoptados en materia de seguridad pública (véanse los arts. 2 y 3).[BOE n. 69, de 22.3.2011]
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