viernes, 8 de marzo de 2019

Jurisprudencia - El CCS debe abonar los gastos del siniestro acaecido en España por un vehículo asegurado en una compañía extranjera en proceso de liquidación


Audiencia Provincial de Las Palmas, Sección 5ª, Sentencia 372/2018 de 6 Jul. 2018, Rec. 587/2016: Seguro de automóviles. Reclamación de cantidad frente al Consorcio de Compensación de Seguros derivada de siniestro producido por un vehículo asegurado en una compañía no española en liquidación en su país. No puede aceptarse que los perjudicados se vean envueltos en una complicada reclamación ante una entidad de liquidación de otro país e inmersa en un proceso de liquidación de difíciles consecuencias y se vean abocados al pago de una indemnización por los daños causados y que estaban cubiertos por el seguro concertado y en vigor en la fecha del accidente, cuando existe un organismo encargado del pago de indemnizaciones en casos de cobertura discutible entre las partes.
Ponente: García Van Isschot, Carlos Augusto.
Nº de Sentencia: 372/2018
Nº de Recurso: 587/2016
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 9373, Sección Jurisprudencia, 8 de Marzo de 2019
ECLI: ES:APGC:2018:1907

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.