miércoles, 27 de marzo de 2019

Jurisprudencia - Inviabilidad del recurso de casación en materia de Derecho Civil catalán por alegar normas suspendidas de vigencia por el Tribunal Constitucional en la fecha de interposición


Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, Sala de lo Civil y Penal, Auto 172/2018 de 26 Nov. 2018, Rec. 14/2018: Desahucio por precario. Desalojo de la finca con apercibimiento de lanzamiento. Recurso de queja. Desestimación del recurso contra el auto que denegó la interposición del recurso de casación contra la sentencia que ordenó el desalojo. Las normas que se alegan infringidas en el escrito del recurso, la Ley 4/2015, 29 Jul., y Ley 4/2016, 23 Dic., son normas de carácter administrativo que van dirigidas a los organismos de la comunidad autónoma que tienen atribuida la competencia en materia de vivienda, y no normas de derecho civil catalán, por lo que no se cumple el requisito fijado en el art. 2.2 de la Ley Cataluña 4/2012, 5 Marzo. Además, en la fecha de interposición del recurso de casación ninguno de esos preceptos se hallaba vigente, razón determinante de la inviabilidad de un recurso sustentado en normas carentes de vigencia.
Ponente: Valls Gombau, José Francisco.
Nº de Auto: 172/2018
Nº de Recurso: 14/2018
Jurisdicción: CIVIL
Diario La Ley, Nº 9385, Sección Jurisprudencia, 27 de Marzo de 2019
ECLI: ES:TSJCAT:2018:591A

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Los comentarios son responsabilidad exclusiva de su autor. Se reserva el derecho de eliminar cualquier comentario contrario a las leyes o a las normas mínima de convivencia y buena educación.