viernes, 31 de mayo de 2019

Bibliografía (Revista de revistas) - Diario La Ley Unión Europea n. 70 (mayo 2019)


Trabajos publicados en el Diario La Ley Unión Europea, núm. 70, de día 31 de mayo de 2019:

TRIBUNA
-Iñigo Iruretagoiena Agirrezabalaga, Dictamen 1/17 del TJUE: la homologación del nuevo modelo de solución de diferencias inversor-Estado (ISDS) impulsado por la Unión Europea
El Dictamen 1/17 del TJUE declara la compatibilidad con el Derecho de la UE del mecanismo de arreglo de diferencias inversor-Estado (ISDS) previsto en el Acuerdo Económico y Comercial Global entre la Unión Europea y Canadá (CETA) y derriba, de este modo, el último gran obstáculo para la ratificación y entrada en vigor del acuerdo. El TJUE ha apreciado que el mecanismo ISDS del CETA no vulnera la autonomía del Derecho de la Unión, es respetuoso con el principio de igualdad de trato y con la exigencia de efectividad del Derecho de la Unión, y reúne las características propias de un tribunal independiente. Esta es una decisión clave no sólo para el CETA, sino para toda la política comercial común futura de la Unión, ya que abre la puerta a la inclusión de estos mecanismos ISDS en los tratados de libre comercio de nueva generación que está negociando y, por tanto, a una política más ambiciosa, sin necesidad de renunciar a uno de los elementos fundamentales del derecho de las inversiones extranjeras.
DOCTRINA
-José Luis Monereo Pérez, Sara Guindo Morales, Prestaciones de asistencia social o de seguridad social y la libre circulación de trabajadores en la Unión Europea.
Analizamos la doctrina comunitaria vigente sobre la libre circulación de trabajadores en plena vinculación con la igualdad de condiciones y el principio de no discriminación en relación a las prestaciones de asistencia social o de seguridad social: concretamente, derecho al subsidio para solicitantes de empleo (jobseeker’s allowance). Para ello partimos de que la libre circulación y movilidad de los trabajadores comunitarios es uno de los elementos claves para el desarrollo de un mercado de trabajo de la Unión más integrado y competitivo, aumentando así la diversidad y contribuyendo a la inclusión e integración social de las personas excluidas del mercado laboral. Lo anterior a propósito de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de fecha 11 de abril de 2019, asunto C-483/17.
SENTENCIAS SELECCIONADAS
-Santiago Cañamares Arribas, Retribución de festividades religiosas e igualdad laboral. Sentencia del Tribunal de Justicia de 22 de enero de 2019, Asunto C-193/17: Cresco Investigation GmbH v. Markus Achatzi.
Este trabajo analiza la compatibilidad del descanso religioso retribuido con el derecho a la igualdad y no discriminación religiosa, consagrado en el Derecho comunitario, a través de un análisis crítico de la reciente sentencia Cresco Investigations del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
-Ángel Espiniella Menéndez, Convenio de Lugano y concepto de contrato de trabajo de personal directivo. Sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de abril de 2019, asunto C–603/17: Bosworth y Hurley.
La STJUE de 11 de abril de 2019, asunto Peter Bosworth y Colin Hurley v. Arcadia, considera que un contrato que vincula a una sociedad y a una persona física que ejerce las funciones de consejero de la misma no crea un nexo de subordinación entre ellas y, en consecuencia, no puede tener la calificación de contrato individual de trabajo. Ello se fundamenta entre otras razones porque esa persona estaba en condiciones de decidir los términos del contrato y disponía de un poder de control autónomo tanto sobre la gestión corriente de los asuntos de esa sociedad como sobre el ejercicio de sus propias funciones. La buena fundamentación de la Sentencia no impide reconocer algún hecho llamativo como que ninguna de las partes negaba la existencia de la relación laboral.
-Pilar Jiménez Blanco, Sentencias condenatorias con reserva de liquidación en situaciones internacionales. Auto de la Audiencia Provincial de Valladolid de 21 de mayo de 2018.
Las sentencias de condena con reserva de liquidación plantean diversas cuestiones en el ámbito de las situaciones internacionales. En este contexto, corresponde determinar la eficacia transfronteriza de tales decisiones, así como el tribunal competente para proceder a la liquidación de la condena. En el fondo, subyace la delimitación sobre el alcance de la competencia exclusiva sobre la ejecución y el problema de la diversidad normativa procesal sobre la ejecución forzosa.
-Ada Lucía Mariscal González, El mito de Dédalo e Ícaro, a propósito de la compra de deuda soberana por el BCE. Sentencia del Tribunal de Justicia de 11 de diciembre de 2018, asunto C-493/17, Heinrich Weiss y otros.
La sentencia del TJUE de 11 de diciembre de 2018 continúa su reiterada jurisprudencia sobre la validez y legalidad de las Decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo en relación con un programa de adquisición de deuda soberana, enmarcado en el contexto de una medida monetaria no convencional de relajación cuantitativa. Hay cuatro aspectos de la sentencia que son fundamentales. En primer lugar, el TJUE hace un esfuerzo elogiable en la delimitación del concreto marco competencial y de actuación del BCE en relación con la dirección y ejecución de la política monetaria en el Eurosistema. En segundo lugar, el TJUE trata de aproximarse a la creación de un concepto estable y útil en futuros procedimientos de política monetaria que permita definir como monetarias o económicas las medidas llevadas a cabo por el SEBC. Seguidamente, establece los límites y garantías que los programas de compra de deuda soberana deben cumplir con el fin de no conculcar el principio de prohibición de asistencia financiera e introduce un nuevo parámetro de control de las Decisiones adoptadas por el BCE: el control de la proporcionalidad e idoneidad de las medidas. De este modo, la sentencia asienta los principios y condiciones que el SEBC deberá cumplir con el objetivo de revestir de validez y legalidad sus futuras actuaciones.

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