Los organismos públicos de investigación en la Ley sobre reutilización de la información del sector público
Raquel de Román Pérez, Profesora Titular de Derecho civil de la Universidad de Burgos
Diario La Ley, Nº 9412, Sección Tribuna, 10 de Mayo de 2019
La Ley sobre reutilización de la información del sector público de 2007 establece el régimen para la reutilización de los documentos elaborados o custodiados por las Administraciones y organismos del sector público, que deben velar por que la información pueda usarse con fines comerciales o no comerciales por cualquiera. Los organismos y centros públicos de investigación quedan excluidos de dicho régimen pero no de forma total, porque los archivos y bibliotecas que forman parte de ellos se someten a la Ley en su faceta de instituciones culturales. Para las bibliotecas y archivos entran en juego distintas reglas sobre los documentos susceptibles de reutilización que son objeto de propiedad intelectual según la titularidad de los derechos.
Nota: Véase la Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, relativa a la reutilización de la información del sector público, así como la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público.
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